Judiciales

Señalan a magistrado de la Corte Suprema de Justicia por violar el Código de Ética dentro de un proceso civil

La abogada María Eugenia Castañeda asegura en un recurso  dirigido al  magistrado de la Sala Civil de la Corte  Suprema de  Justicia, Olmedo Arrocha, que  este se negó a reconocerle sus legítimos derechos  económicos  dentro de  un proceso, por el solo  hecho de representar  al empresario Gustavo Vásquez  en el litigio relacionado con Mueblería  Unión y Financiera  Única.

En un escrito identificado  en el marginal superior  derecho  como Manuel Vásquez vs Financiera Única S.A.,   en el que solicita  un impulso  procesal, la  letrada  señala  que “ Su firma Arrocha & Associates LF. (ahora Arrocha, Grimas % Asociados), se negó a reconocerme  mis legítimos derechos económicos como  abogada dentro  del proceso Gilberto Blackwood vs MN “Rockies Highway  y el día  6 de febrero del presente  año solicitó al Primer Tribunal Marítimo de Panamá un pronunciamiento formal en este sentido. Solicitud que, obviamente, fue atendida de manera expedita, reverencial y diligente por el Tribunal de la Causa”.

Indicó María Eugenia Castañeda  que es evidente  que un “observador razonable” a la luz del concepto que desarrolla  el artículo 13 del Código de Ética Judicial de nuestro país, sin asomo de   duda alguna, pudiera  concluir que esta  agresión económica  proferida contra mi persona  es consecuencia de mi condición de representante legal del señor Gustavo Vásquez, siendo así muy evidente que dentro del presente proceso se ha perdido la “confiabilidad”, parte  vital de la “misión” del Órgano Judicial.

Destaca la abogada que aunado a lo anterior, frente  a  este  escenario, un “observador razonable”, lógicamente también pudiera  concluir, sin temor  a equivocarse que a mi representado se le está privando de la posibilidad de ventilar sus procesos  ante un “Juez imparcial”, por lo cual  está obligado a abstenerse de intervenir  en el presente proceso, a  la luz de lo que dispone taxativamente el artículo 13  del  Código de Ética judicial de nuestro país.

Plantea  que la solicitud de Impulso  tiene como  base lo establecido  como  “Misión”  del Órgano Judicial, la cual, de manera específica determina lo que este importante pilar  del Estado panameño tiene como norte:

“Decidir los conflictos en forma independiente, expedita, transparente y confiable, asegurando  el acceso  a la justicia, respeto a la Constitución y las leyes de la república, la protección de las libertades y garantías  ciudadanas, la convivencia pacífica y la defensa de los  valores esenciales de la democracia”.