Se vence plazo y Órgano Ejecutivo no sanciona la Ley de Moratoria, panameños sumidos en la preocupación
El nerviosismo y la angustia se apodera de miles de panameños ante la llegada del mes de julio, en el que deben presentar documentación que demuestre que han sido afectados por la pandemia del coronavirus, para poder entrar a la segunda fase de la moratoria bancaria.
A este tétrico escenario se suma la incertidumbre por la suerte que corra el proyecto de ley 287 que establece la moratoria aprobada en la Asamblea Nacional y que espera la sanción del Presidente de la República.
El documento que envían los bancos vía web se titula “Solicitud de Alivio Financiero”, en el que debe colocar las generales del cliente, seleccionar los productos que tenga con el banco; ya sea préstamo personal, hipotecario, de auto, tarjeta de crédito u otros.
Luego de colocar el nombre de la empresa, su salario y ocupación, debe expresar el motivo de su solicitud, a cuál sector económico pertenece, la declaración jurada y enviar la información requerida por la institución bancaria.
En un comunicado al país el pasado 8 de junio, la Asociación Bancaria de Panamá anunció que a partir de hoy 1 de julio se inicia la segunda fase, que consiste en el apoyo de los bancos a la recuperación económica del país, «enfocándonos en la adecuación de los préstamos a la nueva realidad, fortalecer los canales digitales – banca en línea y sitios web- así como continuar ofreciendo soluciones temporales a los clientes que han sido afectados por la pandemia». Para este último punto destacan lo siguiente:
- Las soluciones temporales a partir del mes de julio tendrán un plazo de hasta 180 días. Cada banco determinará, según las características del caso, el plazo correspondiente para cada cliente.
- Los bancos podrán revisar los términos y condiciones de los préstamos, incluyendo tarjetas de crédito, lo cual les permitirá pactar y otorgar períodos cortos de gracia prorrogables de acuerdo con el estado económico de cada cliente.
- Cada banco tiene definidas sus propias medidas de solución y los requisitos necesarios para este proceso, actuando siempre en apego a lo que exige la ley y la solidaridad.
El pasado 18 de junio la Asamblea Nacional aprobó una moratoria hasta el 31 de diciembre para todos los préstamos otorgados por bancos, cooperativas y financieras aprobó en tercer debate la Asamblea Nacional.
La moratoria que emana del proyecto de Ley 287 que dicta medidas económicas y financieras para combatir los efectos de la pandemia del coronavirus – que espera la sanción del Ejecutivo- incluye préstamos personales, comerciales para los que pueden demostrar que fueron afectados en sus ingresos por los efectos del COVID-19.
Los clientes deben acreditar su incapacidad por medio de una declaración jurada o con cartas de despido o sustitución de contratos.
Se establece que las entidades bancarias, cooperativas y financieras no podrán efectuar cobros, aumentar las tasas de interés aplicadas, recargos o cualquier otro interés por falta de pago, pago atrasado o por cualquier otro motivo, sobre todos los créditos incluidos en el artículo 2 de la presente ley, del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2020.