Judiciales

Comisión que elaboró lista de aspirantes a magistrado de la CSJ recomienda fortalecer la carrera judicial

Javier Collins Agnew / La Verdad Panamá
Solamente once abogados de un total de 95 aspirantes iniciales, fueron seleccionados como candidatos finales a ocupar el cargo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia, decisión que tendrá que tomar el presidente de la República Laurentino Nito Cortizo.
En un informe de 41 páginas, la Comisión Especial de Evaluación destaca que se trabajo durante 45 días continuos, trabajo que incluyó la recepción de la documentación de las personas aspirantes y de las opiniones que sobre ellas presentara la población.
Durante ese período también se realizaron entrevistas a ochenta y ocho personas que acudieron ante la comisión, mientras que otros siete aspirantes desistieron del proceso, por lo que no se les realizó la entrevista.
En el informe la comisión dice estar  preocupada respecto al estado de situación de la implementación de la carrera judicial, pues varias de las personas aspirantes, manifestaron que los concursos se extendían por largos periodos: así como también, que habían tenido que renunciar a la carrera judicial, para poder permanecer en otros cargos que le significaban mejoras en sus condiciones laborales.
“La Comisión considera que la carrera judicial es uno de los mecanismos que permite, entre otros aspectos, la independencia judicial, por lo que cualquiera situación que vaya en detrimento de su fortalecimiento es nefasta para la administración de justicia”, destaca el documento.
La Comisión Especial de Evaluación, expresa la urgencia de establecer mecanismos para garantizar que quienes forman parte de la carrera judicial no se vean expuestos a escenarios como los manifestados, y garantizar la estabilidad de los servidores y servidoras judiciales y que los mismos, solo puedan ser removidos de sus cargos en el marco del debido proceso.
La Comisión Especial de Evaluación reconoce la facultad del Consejo de Gabinete y del Presidente de la República de nombrar a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, por lo que aplaude el establecimiento de este proceso participativo, como antesala a la designación, instituido como parte de la reglamentación dispuesta en el artículo 200, numeral 8, de la Constitución Política de la República de Panamá.

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