Judiciales

Califican de arbitraria e inconstitucional admisión de  Amparo de Garantías en favor de FCC

Redacción La  Verdad Panamá

La Corte Suprema de Justicia  admitió una  acción de  Amparo de Garantías Constitucionales interpuesta por la  abogada María  Fábrega  en representación de la sociedad FCC  Construcción, S.A,, contra  la Resolución  de fecha de 27 de agosto de 2020, proferida por la Sala Cuarta  de Negocios  Generales.

De acuerdo    con la  Resolución,  el Pleno de la Corte Suprema de  Justicia, se admite  el recurso  toda  vez que cumple con las formalidades legales establecidas  en los  artículos 2619 y 2620 del Código Judicial.

“En consecuencia, se solicita a la autoridad demanda  el envío de la actuación a esta superioridad, si la hay o, en su defecto, un informe acerca de los hechos materia de  esta acción, dentro del término de las dos horas siguientes a la presentación d la notificación de esta resolución judicial”.

Un  abogado consultado   por este medio  calificó  la  Resolución como  una  total arbitrariedad  para favorecer  a   la hermana  del presidente de la  Corte. Esto va en contra de una disposición constitucional.

Además, la Sala Cuarta la integran los presidentes de las tres  salas, Civil, Penal y Contencioso Administrativo; es decir  que los  hombres  que juzgan causas  al más alto nivel de controversias civiles, penales y contencioso administrativo, se equivocan al decidir, cuando se trata de  la empresa demandante”, afirmó la fuente.

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