“Fue una persecución” y “se les arruinó la vida a gente inocente”: abogados cuestionan actuación del MP tras absolución en Lava Jato y Panama Papers
Javier Collins Agnew / La Verdad Panamá
La confirmación de las absoluciones en los casos Lava Jato y Panama Papers por parte del Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales abrió un nuevo debate sobre la actuación del Ministerio Público y las consecuencias que dejó una investigación que se extendió durante aproximadamente una década.
El fallo del 10 de agosto de 2026 confirmó la sentencia absolutoria dictada el 28 de junio de 2024 y mantuvo la decisión de que las pruebas incorporadas al proceso no eran suficientes para establecer la responsabilidad penal de los acusados. Entre los elementos cuestionados estuvieron las evidencias electrónicas extraídas de los servidores de Mossack Fonseca, por problemas relacionados con la cadena de custodia.
El expediente, que acumuló 837 tomos y más de 427 mil páginas, involucró las investigaciones conocidas como Lava Jato y Panama Papers y colocó a decenas de personas bajo la lupa de las autoridades panameñas. La Fiscalía apeló la absolución de primera instancia, pero el Tribunal Superior confirmó ahora ese resultado.
Con este escenario, los abogados Basilio González y Mario Riega analizaron las consecuencias del proceso y cuestionaron, desde distintos ángulos, la forma en que se desarrolló la investigación y los efectos que tuvo sobre los procesados y sobre la imagen del país.
Basilio González: “Ya la Corte se pronunció”
Basilio González, quien asegura haber intervenido en el proceso desde sus primeros días, considera que el Ministerio Público cometería una irresponsabilidad si decide presentar un recurso de casación contra el fallo del Tribunal Superior.
El abogado fundamenta su posición en un antecedente que considera determinante: una decisión del Pleno de la Corte Suprema de Justicia de diciembre de 2021 relacionada con Sara Melisa Montenegro Pérez, quien fue investigada por hechos vinculados a las mismas causas.
Según González, en aquella ocasión el entonces presidente de la Corte Suprema de Justicia, Luis Ramón Fábrega, actuó como magistrado fiscal y elaboró una vista fiscal de más de 120 páginas en la que solicitó un sobreseimiento definitivo para Montenegro.
González sostiene que la decisión del Pleno terminó confirmando ese sobreseimiento y que los fundamentos utilizados guardan similitud con los argumentos posteriormente empleados por el juzgado de primera instancia y por el Tribunal Superior.
Por ello, el abogado cuestiona que la Fiscalía pueda utilizar nuevamente recursos públicos para intentar prolongar un proceso que, según su interpretación, ya tiene antecedentes dentro del máximo tribunal de justicia del país.
A su juicio, una eventual casación no debería convertirse en otra etapa para mantener abierto un expediente que lleva aproximadamente diez años. “Sería una irresponsabilidad por parte de la Fiscalía querer irse en casación”, sostuvo.
González también fue particularmente duro al referirse a las consecuencias que, según él, sufrieron los investigados. Afirmó que hubo personas que perdieron bienes, oportunidades, tranquilidad familiar y reputación, aun cuando finalmente fueron absueltas.
El abogado recordó una reflexión del jurista italiano Francesco Carnelutti sobre las consecuencias de los procesos penales y sostuvo que una absolución después de años de investigación no devuelve necesariamente a una persona todo aquello que perdió durante el proceso.
“Cuando son absueltos, los daños son permanentes: económicos, familiares, físicos, psíquicos, morales y reputacionales”, afirmó.
Para González, el Ministerio Público tiene la obligación de investigar los delitos, pero no puede convertir en delito una actividad que legalmente no lo era. En ese sentido, cuestionó que la creación y utilización de sociedades anónimas y la prestación de servicios corporativos hayan terminado siendo colocadas bajo sospecha dentro de la investigación.
El abogado también atribuyó a la investigación un fuerte impacto sobre el sector de servicios corporativos panameño y sostuvo que el país perdió actividad económica vinculada con las sociedades anónimas. Según su estimación, esa actividad representaba alrededor del 1% del producto interno bruto.
Pero sus críticas fueron más allá del impacto económico. El abogado cuestionó directamente la actuación de los fiscales que participaron en el proceso y sostuvo que deberían responder profesionalmente por las consecuencias de una investigación que, según su apreciación, estuvo mal encaminada.
“Los fiscales que actuaron en esta causa deben ser denunciados ante el Colegio Nacional de Abogados”, planteó González, quien incluso consideró que debería analizarse la suspensión de la idoneidad profesional por un período mínimo de cinco años.
El abogado calificó algunas de esas actuaciones como una investigación “torcida” y “sesgada” y acusó a quienes estuvieron al frente del proceso de haber convertido la investigación en una persecución contra personas que, según él, no habían cometido delitos.
González también habló de una “cacería” y cuestionó la posibilidad de que intereses políticos hayan influido en investigaciones de alto perfil durante el quinquenio 2014-2019.
“Tenemos que sacar la política de lo judicial”, sostuvo, al insistir en que los fiscales deben actuar con independencia y objetividad, sin convertirse en instrumentos para perseguir a adversarios políticos o económicos.
Mario Riega: “Se les arruinó la vida”
El abogado Mario Riega coincide en que el proceso dejó graves consecuencias para quienes fueron investigados, pero plantea una lectura diferente sobre las razones que pudieron llevar al Ministerio Público a cometer errores durante la investigación.
“Se les arruinó la vida”, afirmó Riega al referirse a personas que, según explicó, perdieron casas, bienes, oportunidades laborales y relaciones profesionales como consecuencia del impacto reputacional de haber sido vinculadas con el caso.
Riega sostuvo que el problema no terminó con la absolución porque una persona puede permanecer marcada durante años por una investigación penal, incluso cuando nunca haya sido condenada.
Explicó que los sistemas internacionales de cumplimiento pueden dificultar la apertura o mantenimiento de cuentas bancarias y afectar las relaciones financieras de personas que simplemente fueron investigadas.
Por eso, calificó el fallo como un resultado con un “sabor agridulce”: representa justicia para quienes fueron absueltos, pero no puede reparar automáticamente los daños provocados durante los años que permanecieron bajo investigación.
“Puso fin al sangrado, pero no sana la herida”, resumió.
Riega también cuestionó el peso reputacional que adquirió el nombre Panama Papers y consideró que el escándalo terminó proyectando una imagen negativa de Panamá mucho más allá de las personas directamente relacionadas con la investigación.
Sin embargo, a diferencia de González, Riega no atribuye todos los errores del Ministerio Público necesariamente a una persecución deliberada. Su crítica apunta principalmente a la preparación técnica de quienes debieron investigar estructuras corporativas y financieras complejas.
“Hacía falta personal idóneo, calificado y muy técnico en el Ministerio Público”, afirmó.
Según Riega, investigar este tipo de casos requiere funcionarios capaces de comprender estados financieros, estructuras societarias, movimientos de dinero y mecanismos corporativos internacionales. A su juicio, la falta de especialistas y peritos pudo contribuir a que el proceso se extendiera durante tantos años.
“Si hubiese habido personal con esa capacidad, no se hubiera destruido este expediente; se hubieran dado cuenta de que no había delito”, sostuvo.
El abogado también rechazó que la absolución pueda interpretarse simplemente como un fracaso de la justicia, al recordar que durante todo el proceso debía mantenerse la presunción de inocencia y que prestar servicios legales o corporativos no constituye por sí mismo un delito.
Riega puso además sobre la mesa la discusión sobre las responsabilidades que la legislación contra el blanqueo de capitales impuso a los abogados y agentes residentes, particularmente a partir de la Ley 23 de 2015.
A su juicio, esas obligaciones deben distinguirse de las funciones propias de una investigación penal. El abogado sostiene que quien presta un servicio corporativo no puede convertirse automáticamente en responsable de todo lo que posteriormente haga el cliente con una sociedad.
“Tú no eres la niñera de la gente”, expresó Riega al explicar su posición sobre los límites de las responsabilidades que deben asumir los profesionales que prestan servicios corporativos.
Sobre una eventual casación, Riega introduce un matiz jurídico distinto al planteamiento de González. Explicó que el Ministerio Público todavía tiene abierta esa posibilidad dentro de los términos que establece la ley, pero advirtió que una casación no es una tercera instancia.
Según Riega, la Fiscalía tendría que identificar una violación o incorrecta aplicación de la ley en la sentencia y no simplemente pretender que la Corte vuelva a valorar el expediente como si se tratara de una nueva apelación.
Para el abogado, ese será precisamente el punto que deberá analizar el Ministerio Público antes de decidir si continúa el proceso.
Riega también considera que las personas afectadas podrían estudiar la posibilidad de reclamar por los daños que, según cada caso, hayan sufrido como consecuencia de las actuaciones u omisiones del Estado.
A su juicio, habría que documentar los perjuicios económicos, profesionales y personales y determinar si existe una relación entre esos daños y actuaciones concretas de las autoridades.


