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Candidatura de Martinelli es defendida y condenada por abogados pero el Tribunal Electoral tendrá la última palabra

Javier Collins Agnew / La Verdad Panamá
La candidatura presidencial de Ricardo Martinelli, que desde hace varios meses ha generado expectativas ante la decisión final que se tome, sobre si se le permitirá o no al exmandatario correr como aspirante, todavía no llega a una decisión final, mientras varios expertos abogados tienen posiciones opuestas.
El abogado Luis Fuentes Montenegro aseguró que la candidatura de Martinelli se mantiene en firme, porque Jurídicamente todavía la candidatura presidencial de Martinelli existe.
Según el jurista, el  fallo corresponde a una jurisdicción penal y no a  la jurisdicción electoral ambas jurisdicciones son independientes y autónomas en sus respectivos ámbitos. El experto señaló  que los fallos de la jurisdicción penal no se aplican de modo automático en la jurisdicción electoral.
«En jurisdicción electoral el ente máximo es el Tribunal Electoral y no la Sala Penal de la  Corte Suprema de Justicia».  Sostuvo que hay que tener en cuenta que la candidatura de Ricardo Martinelli ya está en firme dentro de la jurisdicción electoral.
Según Fuentes de Montenegro  Para que el fallo de la Sala Penal de la CSJ tenga efecto en la jurisdicción electoral, tiene que transitar por un proceso jurídico dentro de la jurisdicción electoral – vale la redundancia – conducido por el Tribunal Electoral.
Dicho proceso habilita la posibilidad de nuevos recursos y acciones dentro de la jurisdicción electoral, y recursos como acciones en la medida en que las garantías fundamentales se consideren vulneradas, a favor de Ricardo Martinelli.
Por su parte,  el abogado Harry Díaz ex magistrado de la corte dijo que el  Tribunal electoral está por irrespetar la Constitución Nacional.
Escuchar las desafortunadas declaraciones de magistrados del TE como Valdés y Juncá, solo denota el desconocimiento de la Constitución o el irrespeto a la máxima Norma Legal»
Pretender imponer un procedimiento legal interno del TE, sobre un claro impedimento constitucional ( art 174 ) no solo es un pobre análisis jurídico y de falta de sentido común, sino que conlleva una evidente responsabilidad sino aplican  la constitución.
«La Corte Suprema no requiere inhabilitar  a ningún candidato, eso es obligación del Tribunal Electoral «, aseguró Diaz.
Explicó que la Sala Penal al no admitir la casación, mantuvo el efecto de la condena y queda en firme ( sin recurso alguno ), por ende, el impedimento constitucional para que un condenado con más de 5 años por delito doloso se ha concretado y debe ser aplicado por el TE, esto no queda a su criterio si lo hace o no, debe inhabilitarlo, así de sencillo.
 Según Diaz, Martinelli ya está constitucionalmente inhabilitado. Espero que estos magistrados entiendan que lo mismo trat de hacer el gobierno nacional en componenda con abogados que se prestaron para empujar un contrato minero ( ley 406 de 2023 ) a pesar de ser por todos conocidos que era inconstitucional ( desde dic del 2017) .
Esta actuación del TE no sería algo distinto, al desconocer un claro impedimento constitucional y ahora pretender darle un trámite administrativo de ley ( ley que no puede contradecir la Constitución Nacional).
 ¿Acaso no logran entender el concepto de lo que significa una Constitución o  una Corte Suprema ? La  CSJ que puede incluso declarar inconstitucional las decisiones del TE ( art 143 CN )
 Las próximas reacciones de la ciudadanía al estilo de las protestas anti mineras, serán exclusiva responsabilidad de estos magistrados y deberán responder ante la Nación como no reconozcan la notoria inhabilitación.  Parece ser que la obtusidad es la piedra angular de este último quinquenio.
La competencia privativa en materia electoral no implica que los magistrados del TE pueden hacer lo que les plazca en las elecciones, como cualquier otro servidor público deben cumplir con la Constitución y la ley, dijo Diaz