Dinero

COPA  desafía  la Ley al impedir que  MITRADEL investigue  denuncias de trabajadores

El Ministerio de  Trabajo y Desarrollo Laboral  envió una  carta  a la  Gerencia General de  COPA  en la que  le  advierte de las  sanciones  que  le puede  imponer a la empresa,  por impedir  que  inspectores de la entidad accedan  al área  administrativa, luego de una  serie de denuncias  de  trabajadores sobre prácticas  violatorias a  sus derechos  en este  tiempo de pandemia.

“Atendiendo a estas denuncias laborales, hemos  realizado  varias  visitas de  inspección  a su área  administrativa, en las que nunca los ubicamos, así como  en el   área del Aeropuerto Internacional de Tocumen, donde no hemos recibido  la colaboración  por parte de  sus supervisores, impidiendo  de esta  forma la inspección requerida  y teniendo  necesidad de  reprogramar  con la Dirección de Aeronáutica Civil  y la  Gerencia de Seguridad de  Tocumen S.A., nueva  fecha, la que permitió que la misma  se hiciera  efectiva”, dice  la nota de Carlos Landero Director Nacional de  Inspección de  Trabajo.

Las  quejas  y denuncias acerca de anomalías  como  la incurrencia  en prácticas desleales  contra el sindicalismo, el desconocimiento de los  derechos de los trabajadores  cuyos contratos  han sido suspendidos  en sus efectos  y la  falta de promoción del  diálogo  con las organizaciones  sindicales existentes  en la  empresa, son entre  otros,  hechos  que este ministerio  debe corroborar  mediante  el  mecanismo de la inspección  laboral que, al no ejecutarse por impedimento de la empresa, se convierte  en indicios procesales en su contra, afirma  la  nota  dirigida  a  la Gerencia  General de  COPA.

“La acción de  impedir y obstaculizar  la labor de los Inspectores de  Trabajo, en este  caso  por parte de sus  supervisores  en el área de Tocumen, constituye un desafío  a la  Autoridad  Administrativa  de  Trabajo, obviamente  incurriendo en desacato, lo que le puede  acarrear  una penalización de tipo laboral  mediante una sanción pecunaria”, sostiene  Landero.

De  acuerdo  con  el artículo 139  del Código de  Trabajo, las empresas  que incurran  en este  tipo  de prácticas, de obstaculizar las labores  de los inspectores  de trabajo, serán sancionadas  con multas de veinticinco a doscientos cincuenta dólares, por la  autoridad  competente.

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