COPA desafía la Ley al impedir que MITRADEL investigue denuncias de trabajadores
El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral envió una carta a la Gerencia General de COPA en la que le advierte de las sanciones que le puede imponer a la empresa, por impedir que inspectores de la entidad accedan al área administrativa, luego de una serie de denuncias de trabajadores sobre prácticas violatorias a sus derechos en este tiempo de pandemia.
“Atendiendo a estas denuncias laborales, hemos realizado varias visitas de inspección a su área administrativa, en las que nunca los ubicamos, así como en el área del Aeropuerto Internacional de Tocumen, donde no hemos recibido la colaboración por parte de sus supervisores, impidiendo de esta forma la inspección requerida y teniendo necesidad de reprogramar con la Dirección de Aeronáutica Civil y la Gerencia de Seguridad de Tocumen S.A., nueva fecha, la que permitió que la misma se hiciera efectiva”, dice la nota de Carlos Landero Director Nacional de Inspección de Trabajo.
Las quejas y denuncias acerca de anomalías como la incurrencia en prácticas desleales contra el sindicalismo, el desconocimiento de los derechos de los trabajadores cuyos contratos han sido suspendidos en sus efectos y la falta de promoción del diálogo con las organizaciones sindicales existentes en la empresa, son entre otros, hechos que este ministerio debe corroborar mediante el mecanismo de la inspección laboral que, al no ejecutarse por impedimento de la empresa, se convierte en indicios procesales en su contra, afirma la nota dirigida a la Gerencia General de COPA.
“La acción de impedir y obstaculizar la labor de los Inspectores de Trabajo, en este caso por parte de sus supervisores en el área de Tocumen, constituye un desafío a la Autoridad Administrativa de Trabajo, obviamente incurriendo en desacato, lo que le puede acarrear una penalización de tipo laboral mediante una sanción pecunaria”, sostiene Landero.
De acuerdo con el artículo 139 del Código de Trabajo, las empresas que incurran en este tipo de prácticas, de obstaculizar las labores de los inspectores de trabajo, serán sancionadas con multas de veinticinco a doscientos cincuenta dólares, por la autoridad competente.