Reportajes

Corte Suprema abre proceso contra diputado Noriel Salerno

El Pleno de la Corte Suprema de justicia decidió abrir un proceso por supuesto delito electoral contra el diputado del Circuito 2-4  en Coclé, del partido Cambio Democrático, Noriel Salerno, hecho ocurrido durante la pasada contienda política.

La Verdad conoció que la decisión se adoptó en el pleno de la corte de ayer jueves y fueron designados como magistrado Fiscal, Luis Ramón Fábrega y como Juez de Garantías, el Magistrado Jerónimo Mejía.

El 15 de mayo del 2014, Salerno fue denunciado por Omar Alexander Cornejo quien presento ante el Tribunal Electoral una demanda de nulidad de la elección y su proclamación.

Sin embargo, el 23 de noviembre de 2014 se llamaron a nuevas elecciones por parte del Tribunal Electoral donde Salerno obtuvo más votos que Cornejo y logra reelegirse y agradeció el apoyo otorgado en su momento por el expresidente de Panamá, Ricardo Martinelli.

Al anular la proclamación de Salerno, el Tribunal Electoral estableció la existencia del proyecto de interés social comunitario S-2 del PAN en el circuito 2-4 de Coclé por medio del cual se adquirieron bienes con recursos obtenidos de transferencias hechos por la Dirección de Presupuesto del MEF a la cuenta bancaria 0100000012691 del Banco Nacional

Dicha cuenta era manejada por el Alcalde del Municipio de Rio de Jesús, Provincia de Veraguas, Humberto Sánchez Ortiz con relación a la cual no se encontró evidencia que estuviera sujeta a control previo ni posterior de la Contraloría General.

Se informó que no se advierte la existencia de un informe de contraloría que determine en qué consistía el proyecto de interés social comunitario S-2, la cuantía de los fondos asignados al referido proyecto, el nombre del administrador responsable del proyecto, que entidad (funcionario) fiscalizaba el uso de los dineros o fondos asignados al mencionado proyecto.

Además la regulación legal en cuanto al manejo de este tipo de proyectos de interés social, si los fondos asignados a dicho proyecto fueron utilizados directa o indirectamente en actividades de proselitismo político y de ser así en que consistieron las actividades.

También en que consistió la utilización indebida de los fondos asignados al proyecto, el nombre de las personas que resultaron beneficiados con el proyecto de interés social y en que consistió ese beneficio

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *