Portada

Descontrol y negociado en los productos que les venden a los privados de libertad en las cárceles

Redacción La Verdad Panamá

Luego que la Verdad de Panamá hiciera público un video el pasado jueves 21 de enero de 2021, donde un recluso señala que supuestamente compró una sopa instantánea en B/.5.00 dólares cuando su precio real en el comercio local oscila entre 0.35 a 0.45 centavos de dólar, surgieron  reacciones  cuestionando las  irregularidades que ocurren  en las tiendas o los llamados  “paquitos”.

Nos deja al descubierto la realidad de los centros de detención, estas declaraciones de un privado de libertad es una foto de cuerpo entero de lo que ocurre en las cárceles de nuestro país,  expresó  el abogado  Alfonso Fraguela.

Hace un par de días salió en las redes sociales, los testimonios de algunas detenidas que señalan que se les limita las visitas y el ingreso de productos de higiene, alimentos y medicamentos genéricos a los hogares. “Lo cual nos lleva a pensar que al no tener visitas e ingresos de productos para su higiene, los obligan a consumir los de la “tiendita” al precio que allí tienen. Los cuales representan por unidad casi el costo de una caja de productos”.

La Defensoría del Pueblo, debe ver con mucha atención estas denuncias, al igual que el sistema penitenciario y el ministerio de gobierno,  dijo  Fraguela.

Sostuvo que los  detenidos están privados de su libertad algunos condenados y otros no, pero obligarlos a tener que comprar esas mercancías a unos costos que prácticamente limitan su acceso, nos parece inhumano y discriminatorio.

De todo eso, nos surgen algunas preguntas.

  1. ¿Quién es el dueño de la Tienda? 
  2. ¿Cómo se le otorgó o adjudicó?
  3. ¿El Sistema Penitenciario y el Misterio de Gobierno avalan esto?

Se supone que quien es privado de su libertad por una autoridad judicial, pasa para el cumplimiento al sistema penitenciario. Lo que significa que es el Estado quien debe proporcionarle lo básico para su subsistencia, mientras dure su condena.

Las cárceles deben cumplir una función de resocialización y reinserción a la sociedad, no son depósitos humanos, violadores de derechos, concluyó el  abogado.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *