Detención de Mauricio Cort es “ilegal”, afirma abogado Oswaldo Fernández
La detención del ciudadano panameño Mauricio Cort es “ilegal” afirmó en forma categórica el abogado Oswaldo Fernández.
Este catedrático de Derecho y abogado externo de la empresa Odebrecht en Panamá, explicó que Cort “celebró un acuerdo de colaboración eficaz con el Ministerio Público” y que fiscales panameños viajaron a Europa donde él se encontraba para reafirmar los compromisos alcanzados.
“En virtud de eso, Cort regresó a Panamá con inmunidad y el Juez 12 de Circuito Penal homologó el acuerdo”, anadió Fernández.
Sin embargo, una vez que Cort estaba en Panamá, “el Ministerio Público alegó que el acuerdo de colaboración eficaz era en el caso de Odebrecht y no en el de FCC Panamá”, reveló Fernández.
“Mi opinión jurídica es que Cort aportó como medio probatorio el nombre de todas las sociedades con las cuales realizó actividades ilícitas”, señaló Fernández, indicando que por esa razón “es irrelevante” a cuál investigación se haya referido posteriormente el Ministerio Público.
“El Ministerio Público teniendo dichas pruebas podía realizar todas las investigaciones pertinentes y verificar el movimiento de todas las sociedades antes de llevar a homologar el acuerdo ante el juez porque esa resolución hace cosa juzgada y fractura la unidad procesal”, subrayó.
Frente a esos hechos, Fernández estimó que “no se debió detener provisionalmente a Cort ya que se está infringiendo el principio de prohibición de doble investigación y de doble juzgamiento. Además, Cort no tiene motivos para ausentarse del país porque el Ministerio Público tiene en su poder todas las pruebas que él había aportado”.
La Fiscalía Especial Anticorrupción ordenó en junio y agosto del 2019, la detención preventiva contra Cort, un hecho que fue condenado en noviembre pasado por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
De acuerdo a esa instancia de la ONU, la detención arbitraria de Cort se produjo sin invocar fundamento jurídico alguno para justificarla. Tampoco se observaron las normas internacionales relativas al derecho de un juicio imparcial, establecidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y en los instrumentos internacionales pertinentes aceptados por el Estado panameño.
El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU demandó al gobierno panameño la adopción de “las medidas necesarias para remediar la situación” de Cort “sin dilación” y “ponerlo en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.
También pidió que Cort, un abogado de 51 años, sea puesto “inmediatamente en libertad y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el Derecho Internacional”.
Instó, al mismo tiempo, al gobierno nacional “a llevar a cabo una investigación exhaustiva e independiente de las circunstancias en torno a la privación arbitraria de libertad” de Cort “y adopte las medidas pertinentes contra los responsables de la violación de sus derechos”.
Por otro lado, el abogado Basilio González Espinosa, del bufete BMG Legal Advisors, que representa a Cort, dijo que el Ministerio de Relaciones Exteriores debe garantizar los derechos de su defendido, detenido en forma arbitraria, y proceder al cumplimiento de la resolución del Consejo de Derechos Humanos de la ONU que demanda su inmediata libertad.
González Espinosa hizo llegar el pasado 9 de febrero una solicitud a Érika Mouynés, ministra de Relaciones Exteriores, en la que establece la obligatoriedad del Estado panameño, de acatar –sin dilación- la resolución del Grupo de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre el caso Cort.
Es una resolución vinculante, de estricto cumplimiento, enmarcada en la legalidad jurídica y el derecho internacional.
González Espinosa exigió a Mouynés que garantice el derecho que le asiste a Cort y se proceda al cumplimiento de la resolución emitida por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias.
Eso tiene que ver directamente con la notificación sobre la puesta en libertad de Cort, a la Procuraduría General de la Nación, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia y al Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá.
Sin embargo, ni Mouynés ni su Dirección Jurídica han dado respuesta a la demanda de los abogados de Cort, quien se encuentra detenido en forma arbitraria desde hace 33 meses en el Centro de Rehabilitación El Renacer.


