El “Mutuo acuerdo” se convertirá en una masacre de despidos en plena pandemia
El mutuo consentimiento últimamente se ha traducido en un disfraz de despidos auténticos con las reducciones del pago de las prestaciones y con la extensión del pago más allá de seis meses, expresó el asesor legal de CONATO, Víctor Collado Sánchez.
La situación general es que la suspensión de los contratos de trabajo como consecuencia de esta pandemia -arriba de 250 mil- no va acompañada de ninguna renta básica que le permita a los trabajadores seguir soportando la crisis, indicó al referirse al proyecto de protección de empleos presentado por la ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Doris Zapata.
“Esto es absolutamente injusto porque hasta la ONU ha dicho que la crisis impone la obligación de atender las necesidades sociales y económicas de los trabajadores y aquí desde marzo que están suspendidos y ahora hasta fin de año, los trabajadores no tienen garantía de ninguna renta”.
Sostiene el asesor legal de CONATO que con el Plan Panamá Solidario hay otra situación, debido a que a la fecha, hay trabajadores que no han recibido la ayuda y la Autoridad de Innovación Gubernamental (AIG), está todavía pidiendo a los trabajadores que tengan inconvenientes que se registren en tal o cual correo electrónico.
En lo que respecta al mutuo consentimiento, que se ha traducido en un disfraz de despidos auténticos con las reducciones del pago de las prestaciones y con la extensión del pago más allá de seis meses, que es la única referencia que consta en la ley; el anteproyecto del MITRADEL preveía una intervención del ministerio de que el mutuo no tendría validez si no era firmado por una laboral para darle protección a los trabajadores. Ahora eso se eliminó, solo bastará conque la empresa le dé el mutuo al trabajador, quien tendrá dos días para pronunciarse, sino se expresa, se entiende que lo rechazó y si el documento se firma sin haberle dado los dos días, el empleado podrá acudir a los tribunales de trabajo a presentar una demanda laboral.
A criterio de Collado, esto significa judicializar el reclamo del mutuo acuerdo pero no se garantiza la protección inmediata para que no ocurran los miles de mutuos acuerdos que se están firmando desde que se anunció el proyecto de ley.
El pago del décimo tercer se ha convertido en otro elemento de conflicto entre las partes. Según el asesor legal de CONATO, el proyecto de ley establecía que la segunda y tercera partida se les pagaría con un piso de 50 dólares para aquellos empleados con contratos suspendidos, a los de jornada reducida se les pagaría proporcionalmente, mientras que las empresas que nunca habían cerrado, debían pagarlo de acuerdo con lo que establece la ley. “Extrañamente se eliminó la tercera partida de diciembre a los trabajadores con contratos suspendidos y con jornadas reducidas”.
Porqué se dejó por fuera la partida de diciembre si la ley debe durar hasta el 31 de diciembre? Se preguntó al tiempo que señaló que van a auscultar que hay detrás de esta intención.
Conato está esperando la promulgación de la ley y está haciendo los estudios necesarios para presentar una posición unificada de cómo debemos enfrentar está situación de aquí al 31 no esperar el 31 de diciembre, agregó Víctor Collado.
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