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Gabinete aprueba reformas a Ley de Contrataciones Públicas

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Con el propósito de  hacer más eficientes los procesos de compras estatales y mejorar los niveles de transparencia en el sistema de contrataciones del Estado, el Consejo de Gabinete aprobó un paquete de reformas a la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la Contratación Pública.

Esta iniciativa producto de un amplio proceso de consultas con la sociedad civil y la empresa privada, tiene como objetivo establecer las reglas y los principios básicos de obligatoria observancia que regirán los contratos públicos que realice el Gobierno Central, las entidades autónomas y semiautónomas, los intermediarios financieros y las sociedades anónimas en las que el Estado sea propietario del 51% o  más de sus acciones o patrimonio, así como los que se efectúen con fondos públicos o bienes nacionales.

Con la nueva norma en materia de transparencia se eliminan procedimientos como la licitación abreviada y las compras menores apremiantes.

La nueva norma además establece un tope a las adendas a los contratos, que en ningún caso podrán sobrepasar el 40% del monto originalmente pactado.  La Ley actual no contempla un tope a las adendas.

Las entidades no podrán realizar pagos anticipados que sobrepasen el 20% del monto total del contrato. El uso del pago anticipado deberá ser previamente establecido y debidamente justificado en el pliego de cargos, así como detallar las actividades específicas que deberá desarrollar el contratista con ese adelanto. La Contraloría General de la República fiscalizará el uso de estos fondos.

El recurso de impugnación que puede ser presentado por los proponentes contra la Resolución que adjudica o declara desierto a un acto público o aquella por la que se rechazan las propuestas, que en la Ley vigente se surte en el efecto devolutivo, cambia al efecto suspensivo. Con esto se fortalece el recurso de impugnación como vía para la revisión de las actuaciones de las entidades en los procesos de contratación pública en la esfera administrativa.

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