Ley que permite a alcaldes y representantes optar por el salario más alto viola la constitución y puede ser objeto de demandas
Javier Collins Agnew
La Verdad Panamá
La ley que permite a los alcaldes y representantes de corregimiento, que eran funcionarios públicos antes de ser electos, optar por el salario más alto, es una norma que violenta la Constitución Política de la República de Panamá y puede ser objeto de una demanda.
Esa fue la conclusión a la que llegó el abogado Alfonso Fraguela, luego de la sanción de la norma y que fue publicada en la Gaceta Oficial, convirtiéndose en Ley de la República desde este 31 de marzo.
El jurista calificó de lamentable que al final recaiga en la Corte Suprema de Justicia la responsabilidad de determinar que la norma viola la Carta Fundamental y que salta a la vista que es obvio.
Con la publicación en la Gaceta Oficial, los alcaldes y representantes de corregimiento, podrán optar por el salario que devengaban como funcionario público, antes de ser electos, mecánica discrecional que a conveniencia aplicarán cuando la paga anterior sea superior al sueldo que devengan en el cargo de elección popular.
Al parecer la norma aprobada por la Asamblea Nacional es un favor que hacen los diputados a sus pares políticos, luego que la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró inconstitucional una ley de vieja data y que les permitía a estos funcionarios de los gobiernos locales el privilegio de estar cobrando doble salario en el Estado.
Luego que la corte determinó la ilegalidad del cobro de doble salario, los diputados que en el pasado reciente fungieron como representantes de corregimiento, prepararon una norma, extendiéndole de esta forma la mano a sus colegas políticos, para que al menos puedan optar por el sueldo más alto, una especie de salvavidas, ante la amenaza de algunos, de presentar su renuncia al cargo.
Según Fraguela, el reacomodo es a todas luces inconstitucional porque crea fueros y privilegios, que están claramente prohibidos en la Constitución Política de Panamá.
«Es como si ahora se apruebe una ley que establece la pena de muerte, cuando todo estudiante de derecho y abogado sabe que la pena capital no es permitida en nuestro país, llevándonos a tener que darle más trabajo a la Corte, y retrasando las decisiones de los procesos que tienen años esperando un fallo final», sostuvo.
La nueva ley alcanza también a los suplentes de representantes de corregimiento y a los vicealcaldes, funcionarios electos que no gozan de salario como tal, por lo que se espera que acojan a la nueva ordenanza que desde este momento es ley de la República.
La norma hecha a la medida de los representantes, alcaldes y sus suplentes ordena a las instituciones estatales, salvaguardar las condiciones laborales de los funcionarios y que permitan el ejercicio de las funciones que corresponden al cargo de elección popular.
Actualmente más de un centenar entre alcaldes y representantes de corregimiento recibían dos salarios del estado, situación que provocó malestar en la opinión pública, fallando la CSJ, que se trataba de un acción ilegal y ordenó frenar ese doble pago.
Con la nueva norma se espera que muchos de los alcaldes y representantes de corregimientos con salarios arriba de los 1,500 balboas mensuales, invoquen está ley que según los expertos, riñe con la constitución nacional.


