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MEF reitera propósitos y beneficios de la LRSF y el FAP

El ministro de Economía y Finanzas, encargado, Gustavo Valderrama, sustentó ante la Asamblea Nacional las modificaciones específicas, sus propósitos y los beneficios para la sana administración de las finanzas públicas, de los proyectos que reforman la Ley 34 de 2008, de Responsabilidad Social Fiscal (LRSF) y la Ley 38 de 2012, que crea el Fondo de Ahorro de Panamá (FAP).

Las modificaciones a estas leyes, buscan brindar sostenibilidad a la economía nacional para beneficio de todos los panameños; fueron presentadas por la ministra de Economía y Finanzas, Eyda Varela de Chinchilla, al pleno de la Asamblea Nacional, el pasado lunes 24 de septiembre, luego de un amplio proceso de consulta con importantes actores de la sociedad.

El ministro encargado, reiteró que “de no aprobarse las modificaciones, dejamos pasar una oportunidad importante para continuar la ruta de fortalecimiento institucional y transparencia; y recalcó que se puede continuar trabajando con el presupuesto 2018, pero sacrificando el impulso adicional a proyectos de infraestructura que ya se encuentran en ejecución y su impacto en la economía, que disminuyó su crecimiento en el último trimestre”. El multiplicador más eficiente, de acuerdo a nuestro modelo económico como país, y avalado por la CEPAL, es la activación de proyectos del sector público. Una contención del gasto, impactaría negativamente la economía.

Propósitos específicos de las modificaciones 
Con los cambios propuestos a la LRSF se simplifica la metodología del cálculo del balance fiscal, haciéndolo más transparente al eliminar la regla de ajuste de aportes del Canal y establecer el déficit fiscal en un promedio quinquenal de 1.67% del Producto Interno Bruto (PIB). Cabe resaltar que en el 2014, se encontró un déficit fiscal elevado logrando cerrar el mismo en 3.2%.

La modificación a la Ley 34 de 2008 permitirá, además, limitar el incremento del gasto corriente del Sector Público No Financiero (SPNF), excluyendo el gasto en salud y pago de intereses de la deuda y fijar la regla de aportes del Canal de Panamá al FAP. Igualmente, el 50% de las contribuciones del Canal de Panamá que superen el 2.5% del PIB serán transferidas al FAP y se capitalizará los intereses generados del FAP hasta que el patrimonio represente un 5% del PIB, fortaleciendo a este Fondo, creado como un instrumento de apoyo financiero en caso de desastres naturales y desaceleración económica.