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«No son un ejército»: abogados advierten que la Policía Municipal de Mayer podría estar cruzando la línea de la ilegalidad

Javier Collins Agnew
La Verdad Panamá

La Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá enfrenta un nuevo frente de cuestionamientos, esta vez desde el ámbito jurídico. Tres abogados consultados por La Verdad Panamá advierten que el problema no está en el nombre de «Policía Municipal», sino en las funciones, atribuciones, armamento, uniformes y actuaciones que ha asumido este cuerpo durante la administración del alcalde Mayer Mizrachi.

Las opiniones de los juristas llegan en momentos en que la Policía Nacional y el Ministerio de Seguridad mantienen una disputa legal con la Alcaldía de Panamá por el alcance de esta estructura, mientras el reciente incidente ocurrido en el edificio Hatillo volvió a poner bajo la lupa la preparación de sus unidades y el uso de la fuerza.

El abogado Luis Fuentes Montenegro considera que una estructura municipal de vigilancia puede existir, pero sostiene que debe limitarse a proteger al ciudadano y a la comuna, sin asumir funciones que correspondan a los organismos nacionales de seguridad.

«El punto no es la denominación de Policía Municipal, sino la proyección y las atribuciones que se asumen so pretexto de ser una Policía Nacional», explicó Fuentes Montenegro.

A su juicio, algunas de las actuaciones observadas en los llamados policías municipales podrían contravenir la Constitución y el principio de estricta legalidad.

«No son militares ni son parte de la Policía Nacional»

Para Fuentes Montenegro, el problema comienza cuando el personal municipal empieza a asumir comportamientos y roles que se aproximan a los de una fuerza nacional de seguridad.

«Ellos no son militares, ni son parte de la Policía Nacional», afirmó.

El abogado considera preocupante la manera en que estos funcionarios han sido uniformados durante los últimos meses, al estimar que la apariencia y el equipamiento pueden reflejar una estructura que se aleja de las funciones propias de una policía municipal.

Según explicó, una entidad municipal puede cumplir una función de seguridad dentro de la comuna, pero debe hacerlo de manera equilibrada y sin «parafernalias militares».

El jurista también advirtió que los agentes municipales no adquieren automáticamente las facultades de un miembro de la Policía Nacional por portar un uniforme, esposas, una vara policial o un arma.

En ese sentido, señaló que quienes integran una Policía Municipal no están habilitados, por el solo hecho de pertenecer a ella, para detener, privar de libertad, encarcelar o colocar esposas a ciudadanos si no cuentan con la autoridad legal correspondiente.

Las consecuencias podrían ser graves

Fuentes Montenegro advirtió que determinadas actuaciones individuales pueden generar responsabilidades penales para los funcionarios que las ejecuten.

La responsabilidad, explicó, deberá determinarse a partir de cada actuación concreta y de las facultades que legalmente tenga el funcionario que intervenga.

No obstante, el abogado dejó abierta la posibilidad de que una entidad municipal de vigilancia pueda funcionar, siempre que sus atribuciones sean claras y estén orientadas a la protección ciudadana y de los bienes municipales. «El riesgo y los excesos son los que deben controlarse», sostuvo.

Chan Castillo: «No debió crear su propio ejército»

El abogado Víctor Chan Castillo fue todavía más contundente al analizar el modelo desarrollado por la Alcaldía de Panamá.

«No debió crear su propio ejército», manifestó Chan, al considerar que la administración municipal está confundiendo su rol y extralimitándose en funciones que no le corresponden.

Para el jurista, el alcalde se estaría atribuyendo funciones que son ajenas a la administración municipal y cuestionó a quienes asesoraron la creación y desarrollo de esta estructura.

«Está confundiendo su rol y se está excediendo y extralimitando en sus funciones», sostuvo.

Chan Castillo  considera que una estructura municipal de vigilancia debe concentrarse en tareas específicas y limitadas, como cuidar parques, paradas y espacios públicos.

A su juicio, el municipio no necesita crear una fuerza equipada y organizada como si se tratara de un estamento nacional de seguridad.

También cuestionó la compra de armas destinadas a estas unidades y calificó ese gasto como innecesario frente a las funciones que deberían cumplir.

Pero el abogado fue más allá y vinculó sus cuestionamientos con lo ocurrido recientemente durante la protesta de exfuncionarios en el edificio Hatillo.

En ese incidente, un manifestante terminó en el pavimento tras un forcejeo con unidades municipales y sufrió un fuerte golpe en la cabeza que le provocó un coágulo cerebral, por lo que permanece hospitalizado.

Para Chan Castillo, las imágenes del episodio deben ser analizadas por las autoridades y, si se comprueba que hubo actuaciones ilegales, los responsables podrían enfrentar consecuencias civiles y penales.

El jurista cuestionó además que, según su apreciación de las imágenes, los agentes no habrían auxiliado adecuadamente al hombre después de que cayó al pavimento.

A su juicio, lo ocurrido evidencia la importancia de determinar si quienes integran este cuerpo cuentan realmente con la preparación necesaria para portar armas y participar en intervenciones físicas contra ciudadanos.

Fue categórico al señalar que colocarle a una persona un uniforme, una gorra, una vara policial y un arma no la convierte automáticamente en un policía preparado para ejercer funciones de seguridad pública.

También cuestionó los mecanismos utilizados para seleccionar y preparar a quienes integran estas unidades y planteó que deben existir controles adecuados antes de permitir que una persona porte un arma y ejerza funciones de vigilancia.

El abogado considera que ahora corresponde a la justicia determinar si las actuaciones registradas en Hatillo constituyen delitos y establecer las responsabilidades individuales que correspondan.

Austin: la Policía Municipal actual invade competencias nacionales

El abogado constitucionalista Marco Austin centró su análisis en el marco constitucional y legal que regula las funciones de seguridad pública en Panamá.

Austin sostiene que el municipio no tiene competencia para crear una policía municipal con las características que presenta actualmente la estructura de la Alcaldía de Panamá.

El jurista hizo una distinción entre un servicio de vigilancia municipal y una verdadera fuerza policial dotada de armas, entrenamiento especializado y academia.

Según Austin, la existencia de un servicio municipal de vigilancia no significa que el municipio pueda transformarlo en un cuerpo con facultades propias de la Policía Nacional.

«La actual Policía Municipal como está estructurada actualmente sí invade competencias que son exclusivas de la Policía Nacional», afirmó.

El abogado fundamenta su posición en las competencias establecidas en la legislación que regula a la Policía Nacional y sostiene que las funciones policiales no pueden ser asumidas libremente por una administración municipal.

Austin recordó además que precisamente por esta controversia la estructura creada bajo la administración de Mayer Mizrachi fue llevada a los tribunales.

Para el constitucionalista, el problema no se limita a la existencia de funcionarios municipales dedicados a labores de vigilancia, sino a que se haya construido una estructura que, por sus características, pueda terminar ejerciendo funciones policiales reservadas a los estamentos nacionales.

El abogado también advirtió sobre las consecuencias que podrían enfrentar los agentes municipales si utilizan fuerza letal contra un ciudadano.

Según explicó, una actuación de esa naturaleza puede generar responsabilidades civiles y penales para los funcionarios involucrados.

La discusión, por tanto, no solamente se refiere a la legalidad del acuerdo municipal, sino también a la responsabilidad individual de quienes ejecuten actuaciones que puedan estar fuera de sus competencias.

La pelea con los estamentos de seguridad llegó a los tribunales

Las opiniones de los abogados se producen en medio de una disputa institucional que ya había llegado a los tribunales antes del incidente de Hatillo.

La Policía Nacional presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el acuerdo municipal relacionado con la creación y funcionamiento de la Policía Municipal de Panamá.

Aunque esa acción no fue admitida por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el conflicto jurídico no terminó.

Posteriormente, el Ministerio de Seguridad Pública presentó una demanda de nulidad ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo contra el acuerdo municipal, acción que sí fue admitida para su trámite.

El fondo de la disputa gira alrededor de las competencias que puede ejercer una estructura municipal y aquellas que la Constitución y las leyes reservan a los organismos nacionales de seguridad.

Mulino: «No se puede transformar en otra policía»

En medio de este escenario, el presidente José Raúl Mulino también expresó públicamente su rechazo al modelo actual de Policía Municipal.

Aunque sus declaraciones en la   red  social X  fueron difundidas previamente , su posición se suma al debate jurídico planteado por los abogados.

«Estoy en contra del nuevo concepto de policía municipal», manifestó el mandatario.

Mulino recordó que estas estructuras estaban destinadas originalmente a cuidar parques y monumentos y sostuvo que no pueden transformarse en «otra policía».

El presidente también calificó el modelo como inconstitucional y advirtió sobre el riesgo de que cada alcalde pueda crear estructuras similares, lo que, según afirmó, sería «un desastre».

Otro punto cuestionado por Mulino fueron los uniformes utilizados por las unidades municipales, al considerar que pueden confundirse con los del Servicio de Protección Institucional.

La posición del mandatario coincide con varias de las preocupaciones expresadas por los abogados, especialmente respecto a la transformación de una estructura municipal de vigilancia en un cuerpo que pueda terminar pareciéndose a un estamento nacional de seguridad.