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TE aplicará sanciones a quienes no remuevan vallas promoviendo candidaturas

El Tribunal Electoral recuerda a la ciudadanía y personas aspirantes a cargos de elección popular que:

  1. Cuando se aprobó la reforma electoral mediante ley 29 de 29 de mayo de 2017, estableciendo períodos específicos para hacer campaña, expidió el decreto 7 de 31 de mayo para dar quince (15) días de plazo a las personas que tenían vallas promocionando su imagen para que las removieran, advirtiendo que después de dicho plazo se aplicarían las sanciones legales a los que no las removieran.
  2. Los Magistrados iniciaron recorridos por el país para hacer docencia sobre el contenido de las reformas, reuniéndose con la sociedad civil, periodistas y políticos.
  3. Toda persona que sea detectada violando la veda electoral según lo contempla el Código Electoral será sancionada siguiendo los trámites del debido proceso.

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