Judiciales

Tribunal Superior de Causas Penales confirma sentencia en caso Blue Apple

El Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales del Primer Distrito Judicial de Panamá, confirmó en todas sus partes la sentencia mixta no. 04 del 13 de noviembre de 2023, proferida por el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial, mediante la cual se declaró penalmente responsables a siete (7) personas entre ellas un ex Ministro de Obras Públicas, y un expresidente de la Junta Directiva de un Banco Estatal y se absuelven a otras 4 personas, en el denominado caso Blue Apple.

En la decisión de primera instancia, que es confirmada por el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, se declara penalmente responsable en calidad de autores del delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de Corrupción de Servidores Públicos contenido en el Título X, Capítulo II del Libro II del Código Penal, específicamente por el artículo 347, a dos ciudadanos, condenando a uno de ellos, a la pena de 64 meses de prisión, y al otro, a la pena de 72 meses de prisión, respectivamente; así como a la pena accesoria para ambos de inhabilitación para el ejercicio del comercio por el mismo término que la pena principal, una vez cumplida la pena de prisión.

Asimismo, se declara penalmente responsable a otros dos ciudadanos, entre ellos un exministro, como autores de los delitos de Asociación Ilícita Agravada para cometer Blanqueo de Capitales, contenido en el Título IX, Capítulo VIII del Libro II del Código Penal y por el delito contra el Orden Económico, en la modalidad de Blanqueo de Capitales, contenido en Título VII, Capítulo IV del Libro II del Código Penal; imponiéndole a uno de ellos la pena de 152 meses de prisión, y la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual término que la pena principal, una vez cumplida la pena de prisión.

En tanto, al exministro se le impuso la pena de 168 meses de prisión, y el pago de una multa por la suma total de B/.27,401,837.54, como pena accesoria que deberá pagar al Tesoro Nacional en el lapso de 12 meses, una vez ejecutoriada la presente resolución, la cual equivale al doble del beneficio económico recibido y debidamente cuantificado, por infracción de los artículos 254 y 329 del Código Penal.

De igual forma, se declara penalmente responsable a otros 3 ciudadanos, entre ellos, el expresidente de la Junta Directiva de un banco estatal, en calidad de autores del delito contra el Orden Económico, en la modalidad de Blanqueo de Capitales, contenido en el Título VII, Capítulo IV, Libro II del Código Penal; imponiéndoles pena de 80 meses de prisión a uno de ellos, y 60 meses de prisión a los otros dos, así como la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el mismo término de la pena principal, una vez cumplida la pena de prisión.

En la sentencia, además se confirma que el expresidente de la Junta Directiva del banco estatal, se le impone el pago de una multa por la suma de B/.470,000.00, como pena accesoria que deberá pagar al Tesoro Nacional en el lapso de seis (6) meses, una vez ejecutoriada la presente resolución, la cual equivale al doble del beneficio económico recibido y debidamente cuantificado por infractor del artículo 254 del Código Penal.

El Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, conformado por los magistrados Manuel Mata Avendaño, José Hoo Justiniani y Eyda Amarilys Juárez, además en la sentencia de segunda instancia, negó los incidentes de Prescripción de la Acción Penal interpuestos por los abogados Alfredo Vallarino y Arturo Modesto Sauri, a favor de sus representados y ordenó el levantamiento de las medidas cautelares personales y reales que pesan contra los procesados que fueron absueltos dentro de la presente causa.

También, en la decisión se ordenó el comiso a favor del Estado de bienes inmuebles (2), un terreno (1) y cuentas bancarias (5) para que sean puestos a disposición del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al artículo 4 de la Ley 57 de 17 de septiembre de 2013, que reforma la Ley 23 de 1986, sobre delitos relacionados con drogas y que dicta otras disposiciones.

Esta causa penal consta de 371 tomos; la investigación se inició el 30 de octubre de 2017 y se refiere a la denominada sociedad anónima “Blue Apple”.

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