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Interponen queja contra el Magistrado Wilfredo Sáenz Fernández, exigen sanciones  ejemplares

Redacción  La Verdad Panamá

El licenciado Luiggi Colucci interpuso una queja contra el licenciado Wilfredo Sáenz Fernández por faltas y sanciones disciplinarias y  por haber incurrido en graves infracciones a los deberes y obligaciones asignados a los operadores de justicia.

Todo esto dentro del trámite de sustentación del expediente contentivo del proceso penal instaurado contra Itzel Soraya Graell Ureña, por el  delito contra el orden jurídico familiar y el estado civil, en la modalidad de delito de violencia doméstica  en perjuicio del fallecido Carlos Augusto Herrera Guardia ( q.e.p.d)  y Nidia Matilde Herrera  Guardia de Leandro.

Entre  los hechos  en que fundamenta  la queja presentada ante los Magistrados  de la Corte Suprema de Justicia,  señala  que la causa penal fue procesada por el Juzgado Decimoséptimo de Circuito de lo Penal del Primer  Circuito Judicial de  Panamá (hoy  Juzgado Segundo Liquidador), tribunal que emitió la sentencia condenatoria de 40   meses de prisión  a  Itzel Soraya Graell Ureña, tratamiento  médico  terapéutico  e inhabilitación  para  el ejercicio de funciones  públicas por el   término de dos  años, por ser  autora del delito de violencia doméstica.

En tiempo oportuno  la representación judicial de los  querellantes,  presentó y sustentó  recurso de  apelación contra  el pronunciamiento condenatorio  con fecha  de 21 de octubre de 2019, en el sentido de  solicitar la supresión del  reconocimiento de circunstancias  atenuantes, la  imposición de la pena accesoria de suspensión de los  derechos derivados de la patria potestad con respecto a los  menores  hijos  habidos con la víctima y la declaración de condena  civil por indemnización de daños  morales  que ascienden a la suma  de 50 mil dólares.

El recurso de  apelación  del abogado de los   querellantes, Julio  Leal,  fue concedido, quedando la causa adjudicada para su ponencia  al magistrado  del Segundo Tribunal Superior de  Justicia, Wilfredo Sáenz Fernández, quien en Sala Unitaria, procede  a emitir  el Auto 1ª. Inst. N°032 de 30 de junio  de 2020, mediante el cual, “so pretexto de realizar una supuesta  simple  labor de saneamiento, realiza  una serie de juicios de valor sobre la causa, imponiendo al Juzgador de primera  instancia el deber no sólo  de reformar  la propia sentencia sino  de revocar actos posteriores a su emisión”, dice    la queja  presentada.

En uno de  sus  argumentos el magistrado Sáenz  advierte que el tribunal de  grado  había omitido establecer  el verbo rector de la conducta penal reprochada y explicar la modalidad específica de delito de  violencia doméstica, por lo cual requería que se  corrigiera los fundamentos jurídicos de la sentencia.

Ante lo que  consideraban  una  violación al debido proceso  que denotaba una  abierta y clara desmotivación y exceso judicial, la querellante Nidia Matilde Herrera  Guardia de Leandro, presentó una acción de amparo de garantías constitucionales  ante el Pleno de la Corte, alegando la  infracción a los  artículos 22 y 32 de la Constitución  Política  y el artículo 8 de la Convención Americana de  Derechos Humanos.

El   Informe de Conducta  del magistrado Wilfredo Sáenz al Pleno de la Corte, ante la acción del amparo, no convenció a los magistrados  de la  más alta corporación de  justicia, con la ponencia  de  Angela Russo  que en sentencia de 18 de enero de 2021, resuelve conceder  la acción de  amparo presentada, tras  acreditar  que, efectivamente  el auto del 30 de junio de 2020, “constituía un acto  lesivo a la garantía constitucional del debido proceso”.

El magistrado Sáenz  ha incurrido  en faltas  graves y gravísimas, que  ameritan la imposición de una sanción disciplinaria ejemplar, además de  negligencia  en el cumplimiento de  sus deberes  oficiales, argumenta el abogado Luiggi Colucci.

 

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