Actualidad

Reactivación de 25 mil contratos de trabajo no ha reanimado la economía nacional

Alrededor de 25 mil contratos  de  trabajo han sido reactivados hasta la fecha  de  un  total de 261 mil  contratos suspendidos,  producto de  la aplicación del  Decreto 81,  dictado  a consecuencia de  la pandemia  del  coronavirus, expresó   el viceministro de  Trabajo y Desarrollo Laboral, Roger  Tejada

En días  recientes  la presidenta  electa  de  la Asociación Panameña de  Ejecutivos de Empresa (APEDE), Elisa  Suárez  había señalado  que  la  cantidad de  contratos  reactivados  no reflejan una  efectiva reactivación  económica del  país.

En esa dirección, el viceministro de  Trabajo  expresó en  el programa “Infórmate de la Verdad”  que  si se considera  que es una  cifra  ínfima, debo decirle  que los contratos  reactivados en los bloques 1 y 2  no representan  el grueso de los  contratos  con efectos suspendidos. Estos  están  en los bloques 3 y 4, es por eso que las  proyecciones de la  reactivación económica  no se pueden medir   hasta tanto se dé  la  apertura  de  estos.

Aclaró  que los  bloques  3 y 4 no   se  podrán aperturar en este  momento  como  se  tenía contemplado. Tendrá  que  existir la  gradualidad  y la  medición de  estrategias  por  áreas  y provincias, siendo estas  Herrera  y Los  Santos  que han  presentado los  mejores  índices  en  el  combate al  COVID-19. El proceso es  muy dinámico  y asimétrico.

Por eso no podemos hablar de  una reactivación  perfecta porque las condiciones  no se  van a poder  dar por las mismas  consecuencias  que genera la pandemia, explicó.

10 mil  denuncias

Indicó  el  viceministro  que el MITRADEL  ha recogido  alrededor de  10 mil denuncias  sobre  diferentes  situaciones  laborales, aunque no  todas  van  dirigidas  al tema  de  abuso laboral.

Hemos  encontrado   muchas  empresas  que han  aplicado los decretos 71 y 81 como  han querido, sin embargo, el decreto establece  que el Mitradel  en base a su competencia podrá negar las solicitudes  y, en efecto,  hemos  estado negando en las  últimas  semanas  gran  cantidad de solicitudes  de suspensión de efectos de  contratos  porque no han  cumplido con los requisitos. Y lo que  produce esta  negativa es que la  empresa  tenga  que  pagarle como sanción  a los  trabajadores  su salario completo  por haber incurrido  en  no  cumplir  con los  requisitos, dijo.

Pago  del  décimo  tercer  mes

Ante  versiones  sobre  la  posibilidad  de  que  no se  honren los pagos  de  las partidas  del décimo  tercer  mes de  agosto  y diciembre, Roger  Tejada  señaló  que ningún código  del  trabajo  del mundo  podría   establecer  normas  para una pandemia. Por  eso  generamos decretos, reglamentos  y normas  del  Código  de  Trabajo  que   se  adapten  a la pandemia.

Hay  varias  situaciones; la suspensión de los efectos del contrato,  trabajadores  con  3  meses  sin cobrar, una  reducción de  jornadas, con  qué salario se calcula  el décimo. Las preguntas   de empleadores  y  trabajadores  son  cómo se paga  el décimo en estas  circunstancias.

Por eso  es que en la Mesa Tripartita  los sectores establecieron  que se hablara  del  tema pero  es totalmente falso  que el sector  gubernamental  haya establecido  en días  atrás una posición.

Es  falso, el sector gubernamental  no establece posiciones, es   un puente de dialogo  y lo que  buscamos es un consenso, agregó el viceministro de  Trabajo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *