Acuerdos de pena podrían destapar nuevas delaciones en el juicio Odebrecht
Javier Collins Agnew
La Verdad Panamá
El juicio por el caso Odebrecht entra en una fase donde los reflectores ya no están solo sobre los documentos y peritajes, sino también sobre lo que puedan revelar quienes se han acogido a acuerdos de pena, una figura que, según expertos, no solo reduce condenas, sino que puede abrir la puerta a soplos que comprometan a otros implicados que aún permanecen en el banquillo de los acusados.
En un proceso que se rige por el sistema inquisitivo mixto, la etapa que atraviesa actualmente el expediente es la más delicada: la valoración probatoria, donde el tribunal deberá medir no solo la existencia de hechos, sino la forma en que se prueba la participación de cada imputado.
Austin: quien pacta cuenta cómo se cometió el delito
El abogado Marco Austin, presidente de la Asociación Panameña de Derecho Constitucional, explicó que los acuerdos de pena tienen un peso especial dentro del contradictorio judicial, porque no se limitan a una sanción negociada, sino que implican la narración detallada del hecho punible.
“Con los acuerdos de pena a los que se han acogido varios imputados, las pruebas se vuelven fundamentales tanto para la fiscalía como para la defensa. Quienes pactan terminan relatando cómo se cometió el delito y pueden echar al agua, como decimos en la calle, a otros que todavía no se han acogido al acuerdo y que siguen siendo sindicados”, sostuvo Austin.
El jurista indicó que dentro de una audiencia basada en el sistema inquisitivo es normal que la Fiscalía presente sus pruebas, pero también es obligatorio que la defensa tenga la oportunidad real de presentar las suyas.
“Dentro del contradictorio es normal que la fiscalía presente pruebas, pero también hay que darle la oportunidad a la defensa para que presenten las suyas y que sean valoradas por el juez. Si no, esto puede ser causa de nulidad por violación al principio contradictorio”, advirtió.
Sana crítica y carga de la prueba
Austin recordó que la incorporación y análisis de la prueba se rige por el principio de la sana crítica, consagrado en el Código Judicial, que obliga al juzgador a valorar cada elemento con lógica, experiencia y coherencia jurídica.
“El presentar pruebas dentro del proceso se hace en base a la valoración que le da el juez a través del principio de la sana crítica que está en el Código Judicial que rige este tipo de procesos”, explicó.
Añadió que el expediente se encuentra ahora en su núcleo más importante, donde no basta con sospechar, sino que hay que demostrar.
“Estamos básicamente en la parte fundamental que es la valoración probatoria. La fiscalía es la que tiene que probar que las personas que están en el banquillo son culpables, porque la presunción de inocencia está consignada en la Constitución y debe ser respetada”, enfatizó.
Para el constitucionalista, el uso masivo de acuerdos de pena obliga al tribunal a ser aún más riguroso, ya que esos pactos generan testimonios negociados que pueden impactar directamente a quienes no se han acogido a beneficios procesales.
Arauz: la ley sí permite pruebas extraordinarias
Por su parte, el abogado Juan Carlos Arauz, expresidente del Colegio Nacional de Abogados, explicó que el sistema inquisitivo mixto que rige este caso sí contemplaba una fase de pruebas extraordinarias dentro de la audiencia de fondo, por lo que no puede interpretarse como una irregularidad que las partes intenten reforzar su caudal probatorio en esta etapa.
“El sistema inquisitivo mixto, que son las reglas que se aplican para este caso, contemplaba una fase de pruebas extraordinarias en la audiencia de fondo. No puede interpretarse de ninguna forma que no sea que la ley, aunque hoy esté derogada, contemplaba ese espacio utilizable tanto para el Ministerio Público como para la defensa”, señaló Arauz.
Indicó que en este punto del proceso la vista fiscal ya está redactada y sustentada, por lo que cualquier fortaleza o debilidad quedará expuesta cuando el juez confronte ese criterio con las pruebas practicadas en sala.
“Si hay deficiencias o debilidades, eso se verá una vez el juez haga sus evaluaciones de la vista fiscal con el caudal probatorio que se produzca en el juicio”, añadió.
Un juicio que entra en su zona más sensible
Con estas posiciones, el caso Odebrecht deja de ser solo un expediente voluminoso para convertirse en una batalla técnica, donde cada prueba, cada testimonio y cada acuerdo de pena puede inclinar la balanza.
La dinámica del proceso cambia cuando los imputados empiezan a pactar con el Ministerio Público, porque esos acuerdos no solo implican aceptar una sanción, sino también reconstruir cómo operó el esquema investigado y quiénes participaron en él.
Ya van 15 acuerdos de pena
Hasta el momento, dentro del caso Odebrecht en Panamá, se han registrado alrededor de 15 acuerdos de pena, mediante los cuales varios imputados han optado por colaborar con la Fiscalía a cambio de reducciones de condena, devolución de dinero o beneficios procesales.
En este escenario, el juicio entra en su fase más compleja: no solo juzgar hechos, sino valorar con rigor jurídico la información que proviene de documentos, testigos y confesiones negociadas, todo bajo el paraguas del contradictorio y la presunción de inocencia.
El desenlace del proceso dependerá ahora de cómo el Tribunal filtre ese caudal probatorio y de hasta dónde las delaciones derivadas de los acuerdos de pena logren sostenerse dentro de la sana crítica judicial.


